El Tribunal Constitucional dominicanoordenó laanulaciónde los artículos que castigan concárcela losperiodistasy directores de medios de comunicaciónpor lapublicacióndeinformacionesque fuesen consideradasdifamantes o injurias.
El abogado había insistido que lacondena de cárcelpor posibledifamación equivalía acensuraprevia, ya que los ciudadanos y losperiodistasse abstenían de hacerdenunciaspor temor aperder su libertad.
La fundación Prensa y Derecho y los directores de los periódicosListín Diario,El CaribeyEl Nuevo Diariopresentaron en febrero del 2013 el recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos de la ley de Difusión y Expresión del Pensamiento.
A través de dicha ley, vigente desde 1962, los periodistas, directores, impresores e incluso distribuidores de medios de comunicación podrían ser condenados a cárcel por la difusión de informaciones que fuesen consideradas difamantes.
Rodríguez y los directores de los diarios también reclamaron la anulación de varios artículos del Código Penal que confirmaban las penas carcelarias.
El Tribunal Constitucional consideró que los artículos cuestionados de dicha ley del Código Penal eran contrarios a la Constitución, por lo que ordenó mediante sentencia inapelable su anulación.
La corte anunció su decisión mediante un comunicado, pero aún no ha difundido la sentencia completa.