La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que son inconstitucionales las normas que penalizan a la mujer que decide interrumpir su embarazo.
Por mayoría de 10 votos, el pleno del Alto Tribunal declaró la invalidez de diversos artículos del Código Penal de Coahuila, entre ellos el 196 que imponía penas de uno a tres años de prisión a las mujeres que decidieran practicarse un aborto.
El presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, puntualizó que con esta resolución inicia una nueva ruta en la lucha por la igualdad de las mujeres y destacó que el fallo es una muestra de que el único compromiso del Poder Judicial es con los derechos humanos.