Entró en vigor las modificaciones a la Legislación Universitaria que permiten a la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) anular exámenes, títulos y grados de alumnos que no hayan cumplido con los requerimientos, reformas que incluyen a egresados.
Tras la sesión del Consejo Universitario, celebrado el pasado 30 de marzo, la UNAM informó que desde este viernes 14 de abril entraron en vigor una serie de modificaciones y adiciones a diversos ordenamientos de la legislación para garantizar la integridad y honestidad académicas y prevenir o, en su caso, proceder en contra de faltas al principio universitario.
Asimismo, entre las modificaciones a la Legislación Universitaria, están los casos de nulidad de exámenes, que contempla determinar la procedencia de aprobar un segundo proceso de titulación o graduación.
También determinan que el título de licenciatura o título profesional se otorgará cuando se hayan acreditado todas las asignaturas o módulos del plan de estudios respectivo y cumplido satisfactoriamente con todos los requisitos de algunas de las opciones de titulación aprobadas por el consejo técnico o por el comité académico que corresponda y se haya suscrito la protesta universitaria de integridad y honestidad académica y profesional, conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Exámenes y demás ordenamientos aplicables.
También entra en vigor aspectos que mediante las calificaciones obtenidas se pueda dar testimonio de la capacitación del estudiante, de los conocimientos, habilidades o competencia adquiridos, del pensamiento crítico y analítico desarrollado y de la autoría original de las ideas sustentadas en los trabajos académicos.