El Senado de la República aprobó ampliar a 17 delitos la aplicación de prisión preventiva oficiosa, entre ellos, el uso de programas sociales con fines electorales, el robo de hidrocarburos y los relacionados con actos de corrupción.
El Ministerio Público podrá solicitar al Juez de Control que ordene prisión preventiva oficiosa cuando no se pueda garantizar la comparecencia del imputado en el proceso, durante el desarrollo de la investigación, para garantizar la protección de la víctima, testigos o de la comunidad, o bien, cuando exista voluntad de las partes para celebrar un acuerdo reparatorio de cumplimiento inmediato.
El catálogo de delitos, que amplió el Senado, sujetos a prisión preventiva oficiosa, lo componen los siguientes:
• Uso de programas sociales con fines electorales
• Robo de hidrocarburos
• Corrupción
• Abuso o violencia sexual contra menores
• Delincuencia organizada
• Homicidio doloso
• Feminicidio
• Violación
• Secuestro
• Trata de personas
• Robo a casa habitación
• Enriquecimiento ilícito
• Robo al transporte de carga
• Desaparición forzada, incluida la cometida por particulares
• Delitos cometidos con armas y explosivos
• Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas
Delitos de carácter grave que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de salud.